Preguntas frecuentes
Es un servicio que lo ayuda en cumplimiento con la norma SUNAT en la emisión, notificación, publicación y resguardo sus comprobantes electrónicos.
Sí, nos podemos integrar a cualquier ERP sin complicaciones para que sigas facturando desde ahí o desde tu sistema actual.
Sí, tenemos plantillas ya diseñadas o podemos personalizarlos.
Sí, nuestro servicio PSE incluye el Certificado Digital (los comprobantes se firman con el Certificado Digital de Bizlinks).
Sí, tenemos soluciones que te permiten facturar electrónicamente si hay intermitencia en el internet.
Sí, nuestro servicio de Facturación Electrónica incluye la Validación OSE.
Sí, contamos con un área de Mesa de ayuda con más de 60 colaboradores dispuestos a brindarle atención y asesoría en caso que lo requieran. Esta área esta disponible 8X5, sin embargo, podemos incluirlo en la modalidad de mesa de ayuda 24×7 con un pequeño costo adicional.
Sí, el resguardo de los comprobantes se hace hasta por 5 años.
Puede ver el estado de tus comprobantes mediante la conexión de tu ERP, en tu propio sistema o mediante un portal web al cual te damos acceso.
Sí, tenemos un portal web que le permite emitir sus comprobantes electrónicos desde nuestra página web de un modo sencillo.
Nuestro servicio permite enviar una notificación por correo electrónico con el link a nuestro portal de consulta ose (acceso anónimo) para que puedan ver los comprobantes que le han emitido.
Los servicios de respuesta de OSE son más rápidos y le permiten tener una respuesta inmediata del comprobante validado y así, evitar retrabajos.
Solo se necesita que se envíe el XML firmado (XML-UBL) a nuestro servicio OSE (web service).
No se debe realizar modificación, se mantiene la estructura de petición vigente y respuesta a la declaración.
Sí, les brindamos URL para pruebas y asesoría antes de salir a producción.
No, puede continuar usando el mismo certificado mientras este vigente.
Si, mediante la petición Soap que permite recuperar por medio del getStatus para comprobantes validados con CDR.
Sí, se puede obtener general de los cpe al brindarle un acceso al portal web para que pueda validar el CDR según filtros que realice y de forma masiva.
Sí, es factible mientras que la factura que afecta la NC o ND tenga CDR aceptado.
Tenemos alta disponibilidad. 99.96%.
No, las reglas de validación OSE son las mismas a las que brinda SUNAT. El OSE debe cumplir con la norma SUNAT vigente.
Nuestro servicios de Validación OSE le devuelve un CDR y les brinda un acceso anónimo OSE para que el cliente pueda acceder y validar el estatus de sus CPE.
El tiempo promedio es de 03 días, considerando que SUNAT informa al OSE en máximo 48 horas después que una empresa haya dado de alta con su clave sol.
Es un portal web pensado para emprendedores mypes y pymes para que emitan sus comprobantes electrónicos y que puedan llevar el control de las ventas de manera fácil y rápida.
Se pueden emitir todos los documentos de venta con operación gravada, guías de remisión y facturas de exportación.
Sí, el sistema es responsivo por tal motivo se adapta a cualquier dispositivo como celular, Tablet y PC.
Sí, se puede configurar con impresora A4 o térmica de 80mm.
La solución funciona a través de un navegador web, por tal motivo, es indispensable contar con conexión a internet para su funcionamiento.
Si sobrepasa la cantidad del tope de documentos, pasa al siguiente plan.
Dependiendo del plan contratado podrá visualizar reporte de ventas por día, gráficas por fechas seleccionadas y registro de ventas en Excel y Txt.
El sistema tiene acceso a consulta Ruc y obtiene la información en automático solo con el RUC.
Dependiendo del plan, se le brinda de uno a más accesos.
Sí se puede obtener el registro de las ventas.
El servicio recibe los comprobantes de sus proveedores, valida si posee orden de compra y consulta el estatus en la SUNAT. También puede enlazar los campos del comprobante para alimentar su ERP.
El servicio recibe comprobantes de todos los proveedores.
Sí, la plataforma permite realizar distintos filtros como: búsqueda, fechas, emisor, tipo y número de comprobante.
Sí, el servicio de Recepción puede recibir y almacenar documentos adjuntos.
Sí, el servicio de Recepción CPE permite que pueda consultar todos sus RUCs con el mismo usuario en la misma plataforma, sólo debe seleccionar el RUC a consultar.
Sí, se puede descargar el PDF y XML del comprobante del proveedor.
Nuestro servicio guardara el XML y le mostramos en un PDF estándar la visualización.
Nuestro servicio incluye almacenamiento de la información durante 5 años. Durante este periodo, nos aseguramos de resguardar los comprobantes de su proveedores.
Sí, el servicio cuenta con un reporte en Excel y con el Libro de Compras. Que cliente siempre van a poder visualizar.
Si el servidor de SUNAT se cae por un día completo y no se obtiene respuesta de los comprobantes del proveedor, nosotros nos encargamos de obtener la respuesta para informar el estado del comprobante del proveedor.
Es la solución que te ayuda a recepcionar todas las facturas electrónicas emitidas por tus proveedores en un solo lugar y verificar si fueron validadas por SUNAT.
Un Operador de Servicios Electrónicos (OSE) es quien se encarga de poder hacer la validación con SUNAT de los comprobantes electrónicos que una empresa emite. El servicio Validación OSE de BIZLINKS te permite validar tus comprobantes con SUNAT de manera rápida y simple.
El factoring o factoraje es una modalidad de financiamiento que se orienta principalmente a pequeñas y medianas empresas, quienes en un contrato la empresa emisora traspasa el servicio de cobranza futura de la factura o lo endosa a la entidad financiadora y a cambio obtiene de manera inmediata el dinero, aunque con un descuento por el pronto pago.
Los principales beneficios del factoring son los siguientes:
- Liquidez inmediata: Podrás tener el adelanto de pago que tu empresa necesita en corto plazo.
- No se generan deudas: Cuando la financiera acepta tu factura por cobrar, esta asume todos los derechos de cobro y tu solo te preocupas de recibir el adelanto del pago.
- Terceriza la gestión del cobro: Con PagosYa! Ya no te tienes que preocuparte de hacer seguimiento para el pago de tu factura, solo debes esperar a que la financiera genere el pago en tu cuenta.
- Asesoramiento financiero: Podrá recibir ayuda para asesoramiento financiero y comercial.
Los documentos que se necesitan para iniciar el financiamiento son los siguientes:
- Registro RUC.
- Copia literal de la empresa.
- Vigencia de poder de los representantes legales.
- DNI de los Representantes legales.
- Declaración Jurada anual a la Sunat del ultimo año.
- Declaración jurada de terceros a la Sunat.
Solo necesitas firmar un contrato con la/s entidades financiadoras con quien deseas financiar tus facturas.
Ten en cuenta que la principal diferencia de PagosYa! es que en una sola plataforma tienes la opción de escoger entre diferentes opciones de entidades financieras, de una manera rápida y segura.
Si emites tus facturas a través de los servicios de Bizlinks (Facturación Electrónica, Validación OSE o BIZPOS), gracias al acuerdo que tenemos, tus facturas estarán cargadas de forma automática en PagosYa! para tu disponibilidad de financiarlas, y en un solo click tendrás la opción de obtener liquidez.
La principal diferencia de PagosYa! es que eres libre de escoger cada una de tus facturas que has emitido, con diferentes opciones de entidades financieras en una sola plataforma, de una manera rápida y segura.
Si emites tus facturas a través de nuestros servicios de Bizlinks(facturación electrónica, Validación Ose o BIZPOS), de forma automática pueden estar cargadas en la plataforma para tu disponibilidad de financiarlas, en un solo click tendrás la opción de obtener liquidez.
CAVALI es el Registro Central de Valores y Liquidaciones, una sociedad anónima encargada de la creación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura del mercado de valores nacional.
Se encarga del registro, transferencia, custodia, compensación y liquidación de valores.
Es el responsable del Registro Centralizado de Facturas Negociables. CAVALI facilita a sus Participantes (sociedades agentes de bolsa, bancos, empresas de factoring, etc.) la constitución y registro de facturas negociables electrónicas que permite que las empresas pueden anotar en cuenta sus facturas y obtener mérito ejecutivo, de forma segura y eficiente.
La importancia de una factura negociable es que promueve y facilita el acceso a financiamiento a plazos menores o inmediato. Principalmente ayuda a las pequeñas o medianas empresas, para lograr capital de trabajo o liquidez.
Una factura negociable es similar al de una letra de cambio. Es decir, se puede descontar o enviar en cobranza. Para ello se utilizan las líneas de descuento, se califica al adquiriente, lo notifica y, en caso de no pago, se protesta.
De esta manera la empresa emisora o el que vende la factura, que es proveedora de un bien o servicio, puede financiar la venta al crédito descontando dicha factura negociable.
Una vez que la empresa emite una factura por el bien o servicio, puede seleccionar la/s factura/s que desea financiar con la entidad financiadora que más le convenga.
Por otro lado se le notificará al adquiriente que dicha factura está siendo cedida y el mismo contará con ocho días para dar la conformidad al documento. Si, al término de este periodo, el cliente no se manifiesta sobre la aprobación del título valor, se asume la aceptación irrevocable de la factura negociable.
Desde ese momento, o desde que el adquirientes acepta, la entidad financiadora sino tiene ninguna observación de la factura, entrega el dinero al proveedor aplicando el mencionado descuento a modo de comisión para, de esta manera, pasar a ser el poseedor del título valor.
El abono del adelanto del pago lo recibe en la cuenta bancaria que el emisor de la factura ha registrado en la Plataforma de PagosYa! Por ello es importante que al registrarse indique en qué banco y número de cuenta debe ser abonado cada vez que cede o endose una factura a una entidad que financia la factura endosada.
Las operaciones de factoring solo se pueden realizar cuando el vencimiento del pago de la factura está dentro de la fecha, si ya venció no es posible.
Adicionalmente, se debe tener en cuenta que dependiendo de la entidad que desee financiarse, ésta condiciona a una cantidad mínima de días para solicitar el financiamiento antes que venza el plazo de pago para aceptar el endoso, algunas de ellas no puede ser menos de 7 días.
Cada entidad financiadora tiene sus propias reglas, pero usualmente adelantan entre el 90% al 97% del monto total de la factura, y la diferencia es retenida pues se considera como un fondo de garantía si el cliente no paga en la fecha de pago. Adicionalmente, se aplica un porcentaje como costo de financiamiento por el adelanto del pago. Este montó dependerá de cada financiera pero varía entre el 12% y el 24%.
El plazo varía dependiendo de la financiera seleccionada, pero se manejan tiempos aproximados entre 24 y 48 horas, aunque dependiendo de la operación y el adquiriente puede variar.
Si el cliente se retrasa en pagar la factura, la entidad financiera toma el monto que corresponda del fondo de garantía. Si el cliente no paga, se procede según contrato, se genera el protesto de la factura negociable y las gestiones de cobranza.
Las entidades financiera con las que trabajamos tienen sus propias políticas. Estas son algunas que podrías tomar en consideración pero que no necesariamente son utilizadas por todas:
- Fondo de garantía del valor neto a pagar por la empresa pagadora. El rango puede estar entre 0% hasta el 5% de retención, y se devuelve luego que la empresa pagadora pague el monto en la fecha indicada de vencimiento. Si por alguna razón no paga en dicha fecha, se descuenta proporcionalmente a los días de atraso del pago de la factura.
- Existen 2 modelos de Factoring que se pueden ofrecer:
- Factoring con recurso: la entidad que financia se encarga, de la gestión y cobro de las facturas de la empresa emisora de la factura, sin embargo, no se hace responsable de la insolvencia de los deudores y puede exigir a la empresa emisora el importe de los créditos no pagados; en estos casos cada entidad puede solicitar algún tipo de garantía. Esto estará estipulado en el contrato que firme con cada entidad que financia.
- Factoring sin recurso: permite que una empresa emisora obtenga a corto plazo, la financiación que precisa, usando para ello sus facturas. Esta no asume el riesgo de impago en el caso de insolvencia por parte del deudor. Esta responsabilidad corresponderá a la entidad financiera contratada. Esto también estará estipulado en el contrato que firme con cada entidad que financie.
Hay excepción al emitir GRE remitente y transportista si el traslado es sustentado con la factura original y los datos del recibo. Mayor información CLIC AQUÍ.
La comunicación para la “no conformidad” se puede realizar hasta el séptimo día calendario del mes siguiente de emitida la guía de remisión electrónica. Vencido el plazo, se presume que los datos consignados en la GRE son conformes.
No. El transportista siempre debe llevar los dos tipos de guías, guía de remisión transportista y guía de remisión remitente.
No, la guía de remisión, a diferencia de la factura, no es valorizada. En la guía simplemente esta la relación de bienes y cantidad unidad de medida.
Se aplica contingencia cuando por causas no imputables a él, sea imposible emitir y cuando el domicilio esté ubicado en una zona identificada con baja o nula conexión a internet. Ojo: Aplica solo cuando estoy obligado a emitir GRE.
Si la misma empresa realiza el traslado de mercancía se trata de un transporte privado, por lo tanto, solo se debe emitir una guía de remisión electrónica.
Se emite una GRE por cada remitente, destinatario, punto de llegada y unidad de transporte que se utilice. Para emitir una GRE transportista, se debe emitir antes una GRE-remitente. Para mayor información hacer click aquí.
Es un comprobante de pago relacionado que sustenta el traslado de algún bien y que sirve solo durante el transporte. Existen dos modalidades: el transporte privado, cuando la empresa traslada sus bienes con una unidad de transporte propio, o transporte público, cuando la empresa contrata a un transportista privado.
Según la normativa el único documento que sustenta el traslado de bienes es la guía de remisión, eliminando la factura guía y la liquidación de compra
Existen 2 tipos de guías de remisión: La Guía de Remisión – Remitente, es utilizada cuando el traslado de bienes es realizado por el propietario de los bienes objeto del traslado y la Guía de Remisión – Transportista, cuando el traslado de bienes es prestado por terceros. Esta guía se usa cuando el traslado se hace por transporte público.
Una factura electrónica tiene los mismos efectos legales que una factura física. Recordemos que una factura es un justificante de la entrega de bienes o la prestación de servicios. En este caso, la factura electrónica es una factura que se expide y recibe en formato electrónico.
Es importante destacar que la expedición de una factura electrónica está condicionada al consentimiento de su destinatario. La factura electrónica, por tanto, es una alternativa legal a la factura tradicional en papel.
La factura negociable es un instrumento financiero para las Mipymes. Es un título valor que permite que la factura sea transferida a terceros y, por ende, la empresa emisora de facturas pueda tener acceso a distintas opciones de financiamiento, como el Factoring.
A la guía de remisión electrónica emitida por el remitente o por el transportista para complementar otra emitida por el mismo sujeto con anterioridad debido a hechos no imputables a él.
Solo la SUNAT puede generar el código QR para las guías de remisión electrónicas, conforme con la Resolución de Superintendencia RS N°123-2022/SUNAT. Luego que SUNAT acepte el comprobante de GRE, lo emite y envia junto con el CDR.
No. Sin embargo, para facilitar la adhesión a este nuevo proceso de emisión, los contribuyentes pueden emitir hasta el 30 noviembre 2022 las GRE a través de los OSE. Considerando las condiciones y requisitos exigibles con anterioridad a la fecha de publicación de la RS N° 000123-2022/SUNAT.
Según la SUNAT, se permite hasta 999 Ítems por cada guía de remisión electrónica. Con la finalidad de ahorrar costos y tiempo al declarar los traslados. Si estas interesado en el servicio de GRE ingresa AQUI.
Lo genera quien esté a cargo del traslado. Si es transporte privado, el remitente; si es transporte público, el transportista.
Te presentamos el link de la página donde puedes encontrar los códigos del producto SUNAT: https://cpe.sunat.gob.pe/informacion_general/codigoproducto
Los datos del transportista son obligatorios. Si se cambia de personal encargado del traslado o de la unidad, hay que hacer otra guía de remisión.
Sí. Si la SUNAT tienen problemas y/0 retrasos con el envio de los CDR se puede emitir guía de remisión física por el motivo de contingencia.
No, debes recibir la aceptación y envio del CRD con el código QR antes de iniciar el traslado.
Sí, si se está realizando el traslado de bienes normalizados, indicados en el catálogo N° 62 del Anexo N° 8: Catálogo de códigos de la RS N° 123-2022/SUNAT.
No es obligatorio que cuente con un proveedor PSE y de GRE, pero si es recomendable para mejorar la emisión de las guías y automatizar el proceso. Con BIZLINKS ahorras esfuerzo y tiempo de interpretar la normativa y estructura de SUNAT. A un bajo costo y múltiples beneficios.
•Las emitidas hasta el 16.12.2021, se envían hasta el 7mo día calendario siguiente al de
su emisión.
• Las emitidas del 17 al 31.12.2021, se envían hasta el 3er día calendario siguiente al de
su emisión.
• Las emitidas a partir del 01.01.2022, se envían hasta el día calendario siguiente al de su
emisión.
• Todas las facturas electrónicas y recibos por Honorarios al crédito emitidos antes del
17.12.2021, no se gestionan en la Plataforma de Confirmación del RHE y de la FE. Para
el caso de los comprobantes emitidos antes del 17.12.2021 que quisieran ser anotados
como factura negociable les resulta aplicable el procedimiento establecido en la Ley
29363, su Reglamento y el Reglamento de la ICLV.
• Los emitidos del 17 al 31.12.2021, son puestos a disposición en la Plataforma hasta el
3er día calendario siguiente al día de su emisión.
• Los emitidos a partir del 01.01.2022, son puestos a disposición en la Plataforma hasta el
día siguiente al día de la emisión
La SUNAT estableció dos grandes criterios para determinar los obligados a emitir GRE Remitente y/o Transportista. El primer criterio es en función al perfil del contribuyente:
- Todos los contribuyentes que saquen RUC a partir del 1 enero 2023, están obligados a emitir GRE.
- Los Principales Contribuyentes al 31/12/2022, están obligados a emitir GRE desde el 1 julio 2023.
- Resto de Contribuyentes, estarán obligados a emitir GRE desde el 1 julio 2024.
El segundo criterio es por producto, y están obligados a emitir GRE desde el 1 enero 2023:
- Quienes traslades arroz, azúcar o alcohol etílico y estén sujetos a detracción o al IVAP.
- Traslado de bienes por importaciones realizadas.
- Traslado de cemento desde o hacia zonas de control de bienes fiscalizados.
Si tu empresa perteneció al 31/12/2023 a los Principales Contribuyentes (PRICO), independientemente si después de esa fecha sale de la categoría para el 2024, sigue en la obligación de emitir guía de remisión electrónica remitente y/o transportista a partir del 1 de julio del 2024. Para mayor información de los obligados haga clic AQUI.
Si tu empresa a partir de este año 2024 se encuentra dentro de los Principales Contribuyentes (PRICOS), si se encuentra obligado a emitir desde el 1 de julio 2024 guía de remisión electrónica al igual que los anteriores contribuyentes. Desde 1 de julio 2024 SUNAT da plazo poder emitir guías de manera electrónica sin sanción.
Las zonas de control de bienes fiscalizados para las normativas de guías de remisión electrónicas, se encuentran en el DS N015-2019-IN, publicado el 10 julio 2019.
Si cuentas con un proveedor de facturación electrónica como BIZLINKS, puedes habilitarlo desde el portal sol de la SUNAT de forma rápida y sencilla. Te dejamos este link para que sigas el paso a paso CLIC AQUÍ.
Si cuentas con un operador de servicio electrónico, puedes autorizar su alta desde el portal sol de la SUNAT, te dejamos el siguiente link para que sigas el paso a paso CLIC AQUÍ.
Te presentamos la lista actualizada creada por BIZLINKS sobre los códigos de errores frecuentes de SUNAT en comprobantes electrónicos para OSE y PSE. ¡HAZ CLIC AQUI!
Solo la SUNAT puede validar los comprobantes de Guías de remisión electrónicas, no otras OSE externas y ello incluye la OSE de BIZLINKS.
El Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) es una plataforma tecnológica desarrollada por la SUNAT con el propósito de simplificar la generación del Registro de Compras Electrónico (RCE) y el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) utilizando los datos de los comprobantes de pago electrónicos.
Están obligados a usar el SIRE desde enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio o julio de 2024, según corresponda, los contribuyentes que según al artículo 4 de la Resolución de Superintendencia No. 286-2009/SUNAT y el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia No. 379-2013/SUNAT, adquieran en esos períodos la obligación de llevar sus registros en el Sistema de Libros Electrónico.
A partir de agosto de 2024, los contribuyentes que están legalmente obligados a mantener registros de compras y ventas e ingresos según la Ley del IGV hasta el 31 de julio de 2024, deberán utilizar el SIRE, independientemente de la forma en que estén llevando actualmente dichos registros (ya sea en formato físico o electrónico).
No, los comprobantes de pago con los estados anulado o dados de baja no deben anotarse en el RCE.
Si, los comprobantes de pago con los estados anulado o dados de baja deben registrarse en el RVIE
Si, tenemos a la disposición de nuestros clientes el software JIRA, una herramienta que permitirá resolver sus consultas en corto tiempo, y con mayor transparencia.
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Soluciones y respuestas automáticas mediante inteligencia artificial (IA).
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Tiempos de gestión y solución más reducidos.
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Visibilidad y trazabilidad de todos sus tickets creados.
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Seguimiento de los tiempos de atención y respuesta.
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Opción multiusuario para que tu equipo pueda visualizar el avance.
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Herramienta world class para la gestión de proyectos e incidencias.
Biz-SIRE es un servicio creado por BIZLINKS que facilita el acceso a descargar tus archivos de RVIE y/o RCE para ser cargado en el Portal de la SUNAT con el formato apto que se solicita. También permite comparar lo que se ha descargado de la SUNAT con lo que tienes declarado para identificar las diferencias y tomar las decisiones adecuadas.
Cotiza el servicio de Biz-SIRE (AQUÍ).
Si, mediante la RS 000042-2023-SUNAT/700000, SUNAT amplió la facultad discrecionalidad de NO sancionar a los contribuyentes que deban emitir la Guía de Remisión Electrónica- GRE hasta el 30 de junio 2024, a partir del 1 de julio 2024 iniciarán las sanciones a los contribuyentes que no emitan sus guías de manera electrónica.
Si, si al 31 de diciembre 2023 su empresa tuvo ingresos anuales iguales o mayores a 300 UIT y es considerada PRICO, está obligado a utilizar el Servicio OSE desde el 1 de julio 2024. Para mayor información sobre un Servicio OSE autorizado por SUNAT, haga CLICK AQUÍ.