Como última noticia anunciamos que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) lanzó una prórroga para los obligados al SIRE hasta enero 2025. La publicación se hizo mediante el diario El Peruano en la RS No. 000145/2024, donde menciona que extiende el plazo para la obligatoriedad del Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE) a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).
La extensión concede a los contribuyentes cinco meses adicionales, brindándoles más tiempo para preparar y ajustar sus procesos con el fin de cumplir adecuadamente. Así, la fecha límite, que estaba fijada inicialmente para agosto de 2024, se aplaza hasta enero de 2025.
Las normas establecidas en la Resolución No. 000145/2024 afectan a los contribuyentes que no hayan asumido la obligación de llevar los registros en el Sistema de Libros Electrónicos (SLE), el Programa de Libros Electrónicos (PLE) o el SLE – Portal, durante el periodo comprendido entre julio de 2023 y diciembre de 2024. Además, excluye a aquellos que no forman parte de ciertos regímenes tributarios específicos, como el Régimen Especial del Impuesto a la Renta o el Régimen MYPE Tributario, a menos que estén expresamente exceptuados.
Sin embargo, se mantiene la obligación de utilizar el SIRE a partir de agosto de 2024 para aquellos contribuyentes que, al 31 de julio de 2024, estén obligados a llevar el RVIE y el RCE y pertenezcan al Régimen Especial del Impuesto a la Renta o al Régimen MYPE Tributario. Además, se establece la obligatoriedad para todos los contribuyentes que, al 31 de diciembre de 2024, estén obligados a llevar los registros de ventas e ingresos y de compras, y no se encuentren en ninguno de los casos anteriores.
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