Como ya es de conocimiento, se acerca la culminación del plazo brindado por SUNAT para poder implementar las Guías de Remisión Electrónica en sus sistemas. El cual inicia su obligatoriedad desde el 31 de diciembre 2023, para mayo información lee el articulo que preparamos sobre Se aproxima la fecha para la obligatoriedad de Guías de Remisión Electrónica.

Sanciones a las que estamos expuestos si no seguimos la resolución

Los emisores se exponen a dos riesgos identificados si no cumplen con la normativa.

  1. No cumplir con la emisión de una guía cuando es obligatoria según el reglamento de comprobantes de pago: Conlleva a que el transportista incurriese en una infracción no monetaria, resultando en el internamiento del vehículo, mientras que el remitente se arriesgaría a la pérdida de los bienes.
  2. Emitir la guía sin completar todos los requisitos de SUNAT: Implicaría que el transportista cometiese una infracción monetaria, con la posibilidad de recibir una multa equivalente al 50% del valor de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir, S/ 2,300. En el caso del remitente, la multa podría ascender al 15% del valor de los bienes, es decir, 6 UIT (S/ 27,600).

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A través de la Resolución N°000123-2022, SUNAT determinó la obligatoriedad de utilizar las guías de remisión electrónicas a partir del 31 de diciembre 2023, dando inicio en pocos días a las multas por infracción de la normativa.

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