En este blog te vamos a explicar el nuevo plazo de acogimiento a fraccionamiento especial para el 2025.

El Gobierno del Perú ha ampliado el plazo para que los contribuyentes puedan acogerse al Fraccionamiento Especial de deudas tributarias administradas por la SUNAT. La nueva fecha límite es el 28 de febrero de 2025, extendiendo el plazo previamente establecido que vencía el 20 de diciembre de 2024.

¿Qué es el Fraccionamiento Especial?

El Fraccionamiento Especial es un régimen que permite a los contribuyentes regularizar sus deudas tributarias pendientes al 31 de diciembre de 2023, mediante pagos fraccionados y acceder a bonos de descuento sobre multas e intereses.

Modalidades de Pago:

  1. Pago al contado: Permite acogerse hasta el 28 de febrero de 2025. Las deudas compuestas únicamente por multas e intereses pueden extinguirse con descuentos de hasta el 100%.
  2. Pago sumario: Implica abonar una cuota inicial no menor al 25% de la deuda, deducido el bono de descuento, al momento de presentar la solicitud. El saldo se cancela en hasta 3 cuotas mensuales.
  3. Pago fraccionado: Requiere una cuota inicial no menor al 10% de la deuda al presentar la solicitud. El saldo se paga en cuotas mensuales iguales (excepto la última) en un plazo de hasta 72 meses, con una cuota mínima de S/ 260.00.

Procedimiento para Acogerse:

  • Solicitud: Debe presentarse a través del Formulario Virtual Nº 1707 en SUNAT Operaciones en Línea (SOL). Es necesario obtener la deuda personalizada el mismo día de la solicitud.
  • Pago: Dependiendo de la modalidad elegida, se debe realizar el pago correspondiente al momento de presentar la solicitud. Los pagos pueden efectuarse mediante el Sistema Pago Fácil o en bancos habilitados utilizando el Número de Pago SUNAT (NPS).

Consideraciones Importantes:

  • La ampliación del plazo brinda más tiempo a los contribuyentes para regularizar sus deudas tributarias y acceder a los beneficios del Fraccionamiento Especial.
  • Es fundamental revisar las deudas elegibles y las exclusiones aplicables, como deudas en procedimientos concursales o generadas por tributos retenidos o percibidos.

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