En ese artículo te vamos a actualizar sobre la Resolución de Superintendencia Nº 000086-2025/SUNAT, publicada el 30 de marzo de 2025, la cual modifica la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT con el objetivo de mejorar el cumplimiento tributario en el sector de la minería metálica aurífera y no aurífera.

Las principales modificaciones incluyen:

  1. Reubicación de bienes: Los minerales de oro y sus concentrados gravados con el IGV, así como los minerales metálicos no auríferos, se trasladan al Anexo 1 de la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT.
  2. Incorporación de servicios: Se añade un numeral específico en el Anexo 3 para el servicio de beneficio de minerales metálicos gravado con el IGV.
  3. Modificación de porcentajes: Se actualiza el porcentaje aplicable a ciertos bienes y servicios en los anexos mencionados.

Estas modificaciones entraron en vigencia el 1 de abril de 2025 y se aplican a operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del IGV se origine a partir de dicha fecha.

 

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