Las entidades financiera con las que trabajamos tienen sus propias políticas. Estas son algunas que podrías tomar en consideración pero que no necesariamente son utilizadas por todas:

  • Fondo de garantía del valor neto a pagar por la empresa pagadora. El rango puede estar entre 0% hasta el 5% de retención, y se devuelve luego que la empresa pagadora pague el monto en la fecha indicada de vencimiento.  Si por alguna razón no paga en dicha fecha, se descuenta proporcionalmente a los días de atraso del pago de la factura.
  • Existen 2 modelos de Factoring que se pueden ofrecer:
  1. Factoring con recurso: la entidad que financia se encarga, de la gestión y cobro de las facturas de la empresa emisora de la factura, sin embargo, no se hace responsable de la insolvencia de los deudores y puede exigir a la empresa emisora el importe de los créditos no pagados; en estos casos cada entidad puede solicitar algún tipo de garantía. Esto estará estipulado en el contrato que firme con cada entidad que financia.
  2. Factoring sin recurso: permite que una empresa emisora obtenga a corto plazo, la financiación que precisa, usando para ello sus facturas. Esta no asume el riesgo de impago en el caso de insolvencia por parte del deudor. Esta responsabilidad corresponderá a la entidad financiera contratada. Esto también estará estipulado en el contrato que firme con cada entidad que financie.