Desde el 17 de diciembre de 2021, entró en efecto el Título I del Decreto de Urgencia (D.U.) nº 013-2020, con el propósito de ampliar las opciones de financiamiento y desarrollo para las mipymes, startups y emprendimientos que operan en nuestro país, así como regular el financiamiento participativo (crowdfunding).
¿Cuáles fueron esos cambios clave de este D.U.?
Los cambios significativos se dieron en los procesos de emisión y aprobación de las facturas electrónicas por parte del pagador.
1. Emisión de facturas
Se deberá incluir los siguientes detalles:
- Si la factura es al contado o a crédito. Si es a crédito, se debe especificar el número de cuotas.
- El monto pendiente de pago (monto neto) debe ser indicado.
- El plazo de la factura (fecha de pago) debe ser mencionado.
2. Aprobación de pago
- Plataforma: A partir del 17 de diciembre en adelante, la aprobación se llevará a cabo en la plataforma de SUNAT en lugar de Factrack.
- Plazos de aprobación: El pagador dispone de 8 + 2 días calendario para expresar su aprobación. Los 2 días adicionales se aplican si la corrección y la objeción ocurren el octavo día.
- Comunicación a SUNAT y al pagador: El plazo para informar al pagador sobre la emisión de la factura se reduce de 4 a 2 días calendario (efectivo a partir de enero de 2022).
¿Qué se deben considerar estas situaciones?
- Si la factura es generada en SUNAT, el proceso es automático (no se requiere acción adicional por parte del emisor).
- Si la factura se genera en un sistema propio, el emisor debe enviarla a SUNAT.
¿Cómo es el proceso para las facturas que se incluyen en el procedimiento de SUNAT?
Para iniciar este proceso, se debe emitir una factura a crédito con un plazo superior a 8 días calendario. Luego, SUNAT enviará una notificación por correo al pagador; finalmente, el pagador debe responder en la plataforma de SUNAT, teniendo un máximo de 8 días calendario después de la notificación.
- En ausencia de respuesta (aprobación implícita) o en caso de aprobación explícita, el proceso se da por concluido.
- Si se rechaza la aprobación, se debe corregir la factura a través de la plataforma SUNAT, luego se informa al pagador sobre el cambio, aguardando su respuesta. Si el pagador otorga su aprobación nuevamente, se completa el proceso; si no, se regresa a la corrección.
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